ARZOBISPADO DE MADRID
CARLOS OSORO SIERRA
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA
ARZOBISPO METROPOLITANO DE MADRID
“Misericordiosos como el Padre”. La celebración del Jubileo Extraordinario de la Misericordia, proclamado por el Papa Francisco desde el 8 de diciembre de 2015, Solemnidad de la Inmaculada Concepción, hasta el 20 de noviembre de 2016, Solemnidad de Jesucristo Rey del Universo, representa un tiempo privilegiado de gracia para que, con la ayuda Dios nuestro Señor, que manifiesta su omnipotencia en su misericordia, vivamos como Iglesia, cada uno de los creyentes, esta misericordia que el Padre nos dispensa y la anunciemos con convicción en este mundo nuestro, lleno de grandes esperanzas y fuertes contradicciones. En este tiempo, como nos dice el Papa Francisco en la Bula Misericordiae Vultus en la que convoca el Jubileo Extraordinario, la Iglesia está llamada a ser el primer testigo veraz de la misericordia, profesándola y viviéndola como el centro de la Revelación de Jesucristo y se ha de convertir en el eco de la Palabra de Dios que resuena fuerte y decidida como palabra y gesto de perdón, de soporte, de ayuda y de amor (cfr. MV n. 25)
La celebración adecuada de este Año Jubilar Extraordinario implica un empeño global en redescubrir el misterio de la misericordia de Dios, como fuente de alegría, de serenidad y de paz, como dice el Papa Francisco “la misericordia es la viga maestra que sostiene la vida de la Iglesia” (MV 10). Ese redescubrimiento nos debe llevar a vivir personalmente y también como comunidad eclesial, en nuestras parroquias, en las comunidades, en las asociaciones y movimientos, donde haya cristianos, como primera verdad de la Iglesia el amor de Cristo, que llega hasta el perdón y el don de sí, un “oasis de misericordia” (MV 12).
Durante este tiempo de gracia para todo el pueblo cristiano que es el Jubileo Extraordinario de la Misericordia, y como ha hecho público el Papa Francisco tanto en la Bula de convocación Misiericordiae Vultus, como en la Carta en la que concede la indulgencia con ocasión del Jubileo Extraordinario de la Misericordia, dirigida a Mons. Rino Fisichella, Presidente del Consejo Pontificio para la promoción de la nueva evangelización, el don de la indulgencia jubilar podrá obtenerse por todos los fieles que están llamados a realizar una breve peregrinación hacia la Puerta Santa, abierta en cada catedral o en las iglesias establecidas por el obispo diocesano y en las cuatro basílicas papales en Roma, como signo del deseo profundo de auténtica conversión.
Con este fin, teniendo en cuenta las disposiciones de la Bula Misericordiae Vultus y de la Carta en la que se concede la indulgencia con ocasión del Jubileo Extraordinario de la Misericordia
ESTABLEZCO
Primero.- Podrán ganar el don de la indulgencia plenaria durante el Jubileo Extraordinario de la Misericordia, todos los fieles que, con las condiciones establecidas en la Bula y en la Carta del Papa Francisco citadas, acudan a la Santa Iglesia Catedral o cualquiera de los templos jubilares designados y participen en la celebración de la santa Eucaristía o en una sagrada ceremonia reflexionando sobre la misericordia, haciendo la profesión de fe y orando por el Papa y sus intenciones, cualquier día del año; dicha gracia podrá ser aplicada por los fieles difuntos.
Segundo.- Son lugares donde se podrá lucrar la gracia de la indulgencia plenaria del Jubileo Extraordinario de la Misericordia en la Archidiócesis de Madrid, los siguientes:
- Santa Iglesia Catedral de Santa María la Real de la Almudena.
- Parroquia Santuario de Santa Gema, de Madrid, en la Vicaría Iª – ciudad.
- Parroquia de San Sebastián Mártir, de San Sebastián de los Reyes, en la Vicaría Iª – zona metropolitana.
- Parroquia de Santa María del Castillo, de Buitrago de Lozoya, en la Vicaría Iª – sierra.
- Parroquia Basílica de la Concepción de Nuestra Señora, de Madrid, en la Vicaría IIª.
- Parroquia de la Presentación de Nuestra Señora, de Madrid, en la Vicaría IIIª.
- Parroquia de Nuestra Señora de la Misericordia, de Madrid, en la Vicaría IVª.
- Parroquia Santuario de María Auxiliadora, de Madrid, en la Vicaría Vª.
- Parroquia de San Miguel Arcángel de Carabanchel, de Madrid, en la Vicaría VIª.
- Parroquia Basílica de La Milagrosa, de Madrid, en la Vicaría VIIª – ciudad.
- Parroquia de Santa María de Caná, de Pozuelo de Alarcón, en la Vicaría VIIª – zona metropolitana.
- Parroquia de la Santísima Trinidad, de Collado Villalba, en la Vicaría VIIª – sierra.
- Parroquia Santuario de San Antonio de Cuatro Caminos, de Madrid, en la Vicaría VIIIª – ciudad.
- Parroquia Basílica de la Asunción de Nuestra Señora, de Colmenar Viejo, en la Vicaría VIIIª – sierra.
Tercero.- La Puerta de la Misericordia, meta de la peregrinación, como signo del deseo de una profunda conversión, será abierta por mí en la Santa Iglesia Catedral en las Primeras Vísperas del Tercer Domingo de Adviento, día 12 de diciembre, a las 19 horas. Invito a todas las comunidades parroquiales, de vida consagrada y movimientos y asociaciones de apostolado seglar a hacer la peregrinación dicho día para entrar por la Puerta de la Misericordia en esta celebración.
Cuarto.- Quienes por diversos motivos estén imposibilitados de llegar a la Puerta Santa: los enfermos, las personas ancianas y solas que no pueden salir de casa, podrán ganar el don de la indulgencia, viviendo con fe y gozosa esperanza este momento de prueba y recibiendo la comunión o participando en la santa misa o en la oración comunitaria, también a través de los diversos medios de comunicación.
Quinto.- Los presos podrán lucrar el don de la indulgencia jubilar en la capilla de la cárcel, y el traspasar la puerta de su celda, dirigiendo su pensamiento y oración al Padre, será para ellos el paso de la Puerta Santa.
Sexto.- La apertura del Jubileo de la Misericordia en los templos jubilares de cada Vicaría tendrá lugar el Domingo Tercero o Cuarto de Adviento y será realizada por el Vicario Episcopal correspondiente o miembro del Consejo Episcopal delegado por el Arzobispo.
Séptimo.- Los templos jubilares abrirán sus puertas en un horario lo más amplio posible para facilitar la visita de los fieles, y contarán con la presencia de confesores que administren el sacramento de la penitencia.
Octavo.- Todos los sacerdotes con oficio pastoral en la Archidiócesis podrán absolver en el sacramento de la penitencia el pecado de aborto y los que conllevan una censura reservada al obispo diocesano.
Noveno.- Faciliten los sacerdotes a los fieles el acceso al sacramento de la reconciliación, ofreciendo en cada parroquia o iglesia abierta al público un amplio horario de confesiones, que permita a los fieles experimentar la grandeza de la misericordia de Dios.
Décimo.- En el Primer Domingo de Cuaresma se hará en la Santa Iglesia Catedral y en los templos jubilares de cada Vicaría el anuncio de la Cuaresma de la Misericordia, como momento fuerte para celebrar y experimentar la misericordia de Dios (MV 17). Dicho anuncio correrá a cargo de los Vicarios Episcopales respectivos o miembro del Consejo delegado por el Arzobispo en los templos jubilares de las Vicarías, y por mí en la Iglesia Catedral.
Undécimo.- La jornada de “24 horas para el Señor”, que tendrá lugar el viernes y sábado 11 y 12 de marzo, previos al Cuarto Domingo de Cuaresma, será celebrada en todas las parroquias e iglesias abiertas al público en la Archidiócesis, facilitando la adoración al Santísimo y la recepción del sacramento de la confesión.
Ruego a Dios, por intercesión de Santa María la Real de la Almudena, que este Jubileo Extraordinario de la Misericordia sirva para el crecimiento espiritual de toda la comunidad diocesana.
Dado en Madrid, a nueve de noviembre de dos mil quince, Solemnidad de Santa María la Real de la Almudena.
+ Carlos, Arzobispo de Madrid
Por mandato de su Excia. Rvdma.
Alberto Andrés Domínguez
Canciller-Secretario